Se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de 7 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Formación Profesinal y Universidad, por la que se convoca el proceso de admisión para la realización de módulos profeisonales incluidos en títulos de formación profesional en la modalidad de oferta parcial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2018/2019.
Abierto el plazo de la convocatoria para solicitar Becas para el curso 2018/2019.
Las fechas de realización del trámite terminan el 1 de octubre para los Estudios no Universitarios y el 15 de octubre para los Estudios Universitarios.
Para acceder a la información de la convocatoria haz clic sobre la imagen.
1- Las convalidaciones que corresponda resolver al MEFP, serán gestionadas directamente por el centro público, privado o concertado en que se encuentre matriculado el alumnado, a través de la sede electrónica establecida para tal trámite. Adjuntamos a este escrito un manual para que los centros privados y concertados que no estén dados de alta en sede electrónica del MEFP actualmente lo puedan ir haciendo.
2- Las convalidaciones de los módulos “Ex. Inglés I” y “Ex. Inglés II”, propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán resueltas por la directiva del centro público en el que el alumnado se encuentre matriculado. Los centros educativos privados y concertados, enviarán la solicitud de convalidación al centro público al que dicho centro se encuentre adscrito y será resuelta por la directiva del centro público
Cuando se aporten estudios universitarios para solicitar la convalidación de los módulos propios de la comunidad, se trasladará la solicitud de convalidación, con la documentación aportada para su valoración, sellada por la universidad que expidió el título, al Servicio de Formación Profesional Reglada de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, situado en la Avenida Valhondo, s/n, Edificio III Milenio, Módulo 5, 2ª planta, de Mérida.
3- En «Pruebas Libres» para obtención del título, no se convalidará ningún módulo profesional.
4- El órgano competente para resolver, dependiendo del tipo de convalidación de que se trate, resolverá de forma favorable o desfavorable la convalidación solicitada a partir de lo establecido en la normativa vigente, debiendo informar por escrito de dicha resolución a la persona solicitante
5- Mientras continúen impartiéndose ciclos formativos amparados en la LOGSE, los módulos profesionales de FOL de títulos de Grado Medio serán convalidados por la dirección del centro educativo público cuando se aporte cualquier módulo de FOL de títulos de formación profesional derivados de la LOE.
6. -Se deberá tener presente los distintos plazos establecidos para la solicitud de las convalidaciones, para lo cual, adjuntamos un resumen en este escrito, que también tenéis disponible en: